Transporte público interior de mercancías
Servicios con origen y destino dentro de España realizados por cuenta ajena. Las operaciones de cabotaje efectuadas en territorio español también quedan incluidas.
CENTRO DE CONOCIMIENTO DECA · ACTUALIZADO SEPTIEMBRE 2026
La guía práctica del Documento electrónico de Control Administrativo para el transporte público de mercancías por carretera. Qué cambia, a quién afecta y cómo llevar cada expedición preparada antes de que el camión salga.
01 · QUÉ ES EL DECA
El DeCA es la forma electrónica del documento de control administrativo exigible en determinados transportes públicos de mercancías por carretera realizados en España. No nace para añadir otro trámite: nace para que la operación pueda demostrarse con datos claros, disponibles y trazables.
No es una factura, un albarán ni una simple copia digital de la carta de porte. Su función es acreditar ante la inspección quién contrata el transporte, quién lo ejecuta, qué mercancía se desplaza, desde dónde, hacia dónde y cuándo se realiza el servicio.
Debe generarse a partir de datos estructurados antes del inicio efectivo del transporte. Desde ese momento acompaña al servicio: el conductor puede presentarlo y la inspección puede descargarlo sin depender de llamadas, correos o accesos internos.
Una evidencia administrativa, digital y verificable de la operación de transporte.
02 · ÁMBITO DE APLICACIÓN
La obligación no depende del tamaño de la empresa ni del número de vehículos. Depende de la naturaleza y del ámbito del servicio.
Servicios con origen y destino dentro de España realizados por cuenta ajena. Las operaciones de cabotaje efectuadas en territorio español también quedan incluidas.
Los transportes internacionales que discurren parcialmente por España utilizan la documentación prevista en los convenios internacionales aplicables.
Entre otros: mudanzas, vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales y determinada paquetería de bultos fácilmente manipulables.
La calificación concreta de una operación puede depender de sus circunstancias. Ante una duda jurídica, conviene revisar la norma consolidada y el criterio de la autoridad competente.
03 · NORMATIVA DECA
Cada texto resuelve una parte distinta: quién responde, qué datos deben constar, cuándo pasa a ser digital y cómo tiene que funcionar técnicamente. Aquí puedes entender el conjunto y abrir la fuente oficial exacta.
Establecen la base de la ordenación del transporte terrestre. El artículo 222 del ROTT regula los documentos de control y su presentación electrónica.
Artículo 222 del ROTT ↗Define ámbito, exenciones, sujetos obligados, formato, contenido, responsabilidades y conservación del documento.
Orden consolidada ↗Su disposición transitoria octava ordena que el documento sea necesariamente digital diez meses después de entrar en vigor.
Disposición transitoria octava ↗Concreta PDF nativo, QR, URL HTTPS, repositorio, conservación, modificación, agrupación y copia para el conductor.
Resolución técnica ↗04 · FECHA DE OBLIGATORIEDAD
Desde ese día, el documento de control administrativo regulado por la Orden FOM/2861/2012 deberá ser necesariamente digital. La fecha no marca el comienzo de la preparación: marca el momento en que el proceso ya tiene que funcionar.
Se reúnen los datos conocidos, se completan los obligatorios y se genera el fichero.
El conductor lleva la copia electrónica o impresa con QR y la presenta si se solicita.
Cargador contractual y transportista efectivo garantizan su conservación durante al menos un año.
05 · DATOS OBLIGATORIOS
El artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 establece el contenido esencial. El dato puede proceder de diferentes sistemas, pero debe aparecer de forma legible y coherente.
Nombre o razón social, NIF y domicilio.
Nombre o razón social y NIF.
Lugares del envío objeto del transporte.
Naturaleza y peso o magnitud alternativa admitida.
Día en el que se realiza el envío.
Vehículos utilizados en la realización material.
Identificación cuando resulte necesaria.
Cuando las partes quieran hacerlas constar.
06 · REQUISITOS TÉCNICOS
La Resolución de 5 de junio de 2026 no pide simplemente un archivo. Exige un recorrido completo: generar bien, publicar de forma segura, abrir sin barreras y conservar el documento cuando el viaje ya ha terminado.

Debe generarse desde datos estructurados. Un escaneo o una imagen digitalizada no son válidos.

Contiene la dirección única del DeCA y también puede entregarse como fichero independiente.

Debe usar TLS 1.2 o superior y llevar directamente a la descarga del PDF durante el servicio.

No puede exigir credenciales, botones de descarga ni otra interacción manual al agente.

Cargador contractual y transportista efectivo deben conservar o poder descargar los ficheros.

La aplicación registra fecha y hora de generación y, cuando exista, de modificación.
07 · RESPONSABILIDADES
El DeCA es uno, pero nadie responde de lo que no controla. El cargador aporta la verdad contractual de la expedición; el transportista confirma la realidad del vehículo que la ejecuta.
Trabajar sobre un mismo flujo no mezcla responsabilidades. Evita que la orden diga una cosa, el camión haga otra y la diferencia aparezca cuando ya hay una inspección.
08 · CÓMO GENERAR UN DECA
El proceso funciona cuando acompaña a la operativa real: recoge lo que ya existe, pide solo lo que falta y no publica el documento hasta que puede sostener una comprobación.
ERP, TMS, software propio, API, CSV o entrada asistida aportan la información disponible.
Se solicita matrícula, peso definitivo u otro dato que todavía no se conocía.
Se comprueba el contenido esencial y que cargador y transportista estén diferenciados.
El sistema produce el fichero nativo y registra el momento de creación.
El documento se almacena y queda vinculado a un acceso único.
La copia electrónica o impresa viaja a bordo antes de comenzar.
09 · CAMBIOS DURANTE EL SERVICIO
Una tractora puede averiarse, un remolque puede cambiar o un dato puede necesitar actualización. La resolución contempla dos vías, ambas con trazabilidad.
En ambos casos, el documento actualizado debe llegar al conductor. Una anotación manuscrita sobre una copia impresa no constituye una modificación válida.
10 · DECA, CARTA DE PORTE, CMR Y ADR
El documento es de libre edición. Puede integrarse con otra documentación si contiene todos los datos esenciales y diferencia cargador contractual y transportista efectivo.
Puede servir como documento de control cuando incorpora todos los datos exigidos.
Documenta el contrato internacional. En un transporte interior debe comprobarse que cubra el contenido administrativo.
Puede utilizarse como formato común si también recoge toda la información del DeCA.
Los documentos de residuos o subproductos animales pueden reunir ambas finalidades.
La resolución contempla una vía específica cuando los datos se gestionan y presentan conforme al Reglamento (UE) 2020/1056.
11 · DECA PARA CADA INTERVINIENTE
No necesita la misma respuesta quien contrata, quien carga, quien coordina o quien conduce. Entra en tu guía y reconoce tu operativa, tus datos pendientes y el punto exacto en el que el documento puede fallar.

Vehículo, conductor, salida y cambios en carretera.
Ver guía específica →
Contratación, origen, destino y mercancía.
Ver guía específica →
La realidad de la carga conectada con la orden.
Ver guía específica →
Verificación final antes de la salida.
Ver guía específica →
Múltiples clientes, centros y transportistas.
Ver guía específica →
Orden, subcontratación y camión real.
Ver guía específica →
El tramo por carretera dentro del expediente.
Ver guía específica →
Socios, vehículos y expediciones coordinadas.
Ver guía específica →NOTICIAS Y ACTUALIDAD DECA
Hemos separado las noticias de la guía para que puedas consultar análisis, cambios normativos, casos operativos y contenidos de decisión sin cargar más esta página.
13 · PREGUNTAS FRECUENTES
Preguntas formuladas desde la operativa diaria y respondidas conforme al marco vigente.
Es el Documento electrónico de Control Administrativo del transporte. Acredita los datos esenciales de un servicio público de mercancías por carretera.
El 5 de octubre de 2026, diez meses después de la entrada en vigor de la Ley 9/2025.
La obligación de formalizarlo corresponde al cargador contractual y al transportista efectivo. Pueden coordinarse mediante una misma aplicación.
No. El fichero debe ser nativo digital y proceder de la transformación de datos estructurados.
Antes del inicio efectivo del servicio. La aplicación debe registrar fecha y hora de creación.
Sí. Puede llevar una copia electrónica o impresa. Ambas deben contener el QR.
No durante el control. Debe producir la descarga directa del PDF sin credenciales ni pasos manuales.
Al menos un año. Si una parte genera el fichero, basta con que la otra pueda descargarlo durante ese periodo.
Sí, cuando cargador contractual y transportista efectivo coincidan y cada envío identifique claramente sus datos propios.
Debe modificarse conservando los datos anteriores y el motivo, o generarse otro PDF y conservarse el original.
No para la validez administrativa. Si se firma por finalidad contractual, se aplican los requisitos de firma avanzada o cualificada.
No automáticamente. Otro documento sirve si contiene todos los datos esenciales y cumple los requisitos electrónicos aplicables.
14 · GLOSARIO DECA
Definiciones breves para interpretar la norma y hablar con precisión entre tráfico, administración, cargadores, transportistas y tecnología.
DE LA NORMATIVA A LA DECISIÓN
Cuando la obligación entra en la operativa, la pregunta deja de ser solo normativa. La empresa debe decidir cómo recoger datos, generar el documento, hacerlo llegar al conductor y conservarlo sin duplicar trabajo.
Un software DeCA debe adaptarse a tus datos reales: ERP, TMS, API, EDI, CSV, XML, FTP/SFTP, email, portal o aplicación de escritorio.
Compara cómo se genera, valida, entrega al conductor, conserva y actualiza el documento cuando la operación cambia.
Comparar soluciones DeCA →DE LA INFORMACIÓN A LA OPERATIVA