El 5 de octubre de 2026 el documento de control administrativo del transporte público de mercancías por carretera deberá ser necesariamente digital. La fecha procede de la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible: diez meses desde la entrada en vigor de la ley.
Qué cambia realmente ese día
No cambia la finalidad del documento: sigue acreditando los datos esenciales de cada envío. Lo que cambia es el soporte y, con él, la forma de generarlo, conservarlo y presentarlo. El fichero ya no puede depender de imprimir un formulario y escanearlo. Debe nacer digitalmente desde información estructurada y registrar su momento de creación.
La obligación afecta a los transportes públicos interiores incluidos en la Orden FOM/2861/2012. También alcanza las operaciones de cabotaje desarrolladas en España. Los transportes internacionales sujetos a su propia documentación quedan fuera de este régimen concreto.
La preparación no es solo tecnológica
Una empresa puede tener un generador de PDF y seguir sin estar preparada. Debe saber quién aporta los datos del cargador, quién confirma mercancía y peso, cuándo se conoce la matrícula, quién autoriza la publicación y cómo recibe el documento el conductor.
El ensayo útil consiste en reproducir servicios reales: uno completo, otro con matrícula pendiente, otro subcontratado y otro con cambio de vehículo. Si el flujo no resuelve esas cuatro situaciones sin reconstruir el documento a mano, todavía existe riesgo operativo.
Lista de comprobación antes del 5 de octubre
Antes de la fecha conviene verificar estos puntos:
- Responsables identificados entre cargador contractual y transportista efectivo.
- Datos mínimos disponibles y validados antes de la salida.
- PDF nativo de hasta 5 MB, con fecha y hora en metadatos.
- QR con URL HTTPS única y descarga directa, sin contraseña.
- Entrega al conductor y procedimiento para cambios en ruta.
- Conservación o acceso garantizado durante al menos un año.
Qué cambia para cada equipo
Dirección debe asegurar que existe un responsable y una fecha de implantación. Tráfico necesita identificar qué viajes están listos y cuáles esperan datos. Administración debe poder recuperar el documento sin depender de correos o carpetas personales.
El conductor solo debería recibir la versión válida, con un enlace reconocible y probado. Esa coordinación es la diferencia entre haber contratado una herramienta y haber implantado realmente el DeCA.
Llega al 5 de octubre con el proceso resuelto.
Crea un primer DeCA, prueba la entrega al conductor y detecta ahora los puntos que todavía dependen de tareas manuales.
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